“Resp:. Log:. Géminis No. 45
La conclusión del artículo es que la ética empresarial sigue siendo la cenicienta de las normas de responsabilidad social empresarial, pues muchas corporaciones a lo largo del mundo exhiben actos aislados de filantropía o de cuidado del medio ambiente, pero la mayoría son absolutamente herméticas en cuanto a sus códigos de ética, materia que se maneja más como un concepto de relaciones públicas. Las críticas a los desafueros empresariales y bancarios no ocurren solamente en México; hace unos días se celebró en Nueva York el primer aniversario del movimiento OWS (Occupy Wall Street), versión americana del movimiento de los indignados europeos. Los activistas que se congregaron frente a la sede de la bolsa enfocaron sus protestas en lo que llamaron la avaricia devoradora de los bancos. Las protestas terminaron con 180 personas detenidas, quienes en su mayoría habían perdido sus empleos o sus viviendas en la debacle financiera.
He traído a colación estos acontecimientos que suceden en otras latitudes para ponerlos en consonancia con lo que sucede en Colombia. Por alguna razón sociológica, que no es del caso explicar aquí, los colombianos no somos proclives a protestar y a expresar nuestra indignación por los asuntos de interés general o de carácter público, sino por los de interés personal; en consecuencia, entre nosotros el movimiento “indignados” nunca ha existido, lo que no quiere decir que no haya inconformidad por los abusos del sector financiero y empresarial, cuyas cuantiosas utilidades crecen a ritmo geométrico, a la par con las quejas de usuarios y consumidores. En nuestro medio las conductas desbordadas del sector empresarial son tratadas al igual que tantos otros hechos de corrupción y de abuso de poder, esto es, sometido a análisis de las autoridades judiciales, que surten sus actuaciones en medio de una diáspora de garantías entre las que se cuentan el derecho al debido proceso, a la defensa, a la doble instancia y otras garantías que en compañía de la ineficiente administración de justicia constituyen una amalgama que impide la resolución de los casos en plazos sensatos, lo que es un sinónimo de no justicia o de impunidad.
En contraste con lo anterior, las disputas entre partes vinculadas por contratos privados se resuelven cada vez con mayor frecuencia en tribunales de arbitramento organizados por centros de conciliación y arbitraje como los que funcionan en las Cámaras de Comercio del país. La más reciente legislación al respecto definió términos perentorios para la solución de dichos procesos, por lo que hoy se puede decir que el plazo máximo de duración de uno de ellos es de 16 meses.
Esto, nos permite concluir que las disputas por asuntos de interés particular pueden ser resueltas en nuestro medio de manera ágil y oportuna mientras que los asuntos relacionados con la afectación del patrimonio público o los intereses colectivos se dirimen a velocidad medieval, cuando no caen en absoluta impunidad. En dichos procesos los ciudadanos de a pie son convidados de piedra o, si se quiere, espectadores pasivos aun cuando sean ellos los directamente afectados por la corrupción o la negligencia generada por funcionarios públicos y empresarios privados; así mismo, es claro que los particulares involucrados o acusados por daño al patrimonio público o a los intereses colectivos no son objeto de ninguna sanción social, no ven afectada su reputación comercial, no pierden ventajas competitivas y no son identificables por las autoridades ni por la propia comunidad de los hombres de negocios, porque de sus cuestionamientos frente al patrimonio público o los intereses colectivos no queda huella alguna en los certificados mercantiles o en los registros de los comerciantes. (Recuérdese los casos de contratistas cuestionados por incumplir contratos con una entidad del Estado, que simultáneamente han sido favorecidos con adjudicaciones en otras Entidades Estatales).
Finalmente, es manifiesto que el empresariado como tal no está involucrado en forma alguna en la contención de los aberrantes casos de corrupción que nos agobian, pues no existen escenarios empresariales para avocar y evaluar los perjuicios causados por comerciantes al patrimonio público, a la sociedad o a los intereses colectivos; en las Cámaras de Comercio solo se resuelven disputas de carácter jurídico orientadas a resolver intereses particulares pero no se ha diseñado un mecanismo alguno que permita evaluar y escrutar los impactos de la actividad empresarial sobre el patrimonio público, la moral administrativa, la ética empresarial y la sostenibilidad del país, como si estos asuntos no fueran de la competencia de los hombre de negocios, como si la displicencia por un asunto de interés colectivo fuera una estrategia socialmente valida; esto se maneja en nuestro medio a través de abogados que se encargan de negar toda responsabilidad legal, sin preocuparse por la suerte de los afectados, la equidad social, la sostenibilidad del Estado o la falta de ética.
En aras de solucionar la problemática, resulta pertinente preguntarse sobre el papel que pueden jugar las Cámaras de Comercio, en nuestro país, en donde la corrupción ha alcanzado niveles inimaginables. En nuestra opinión, ha llegado el momento en que el sector empresarial nacional tome cartas en el asunto, dejando atrás la concebida expresión de “esto le compete a las autoridades” lo que significa asumir la responsabilidad compartida en la solución de un problema que involucra a funcionarios públicos y a representantes del sector privado.
Para los efectos anteriores se propone: a. La creación de escenarios de rendición de cuentas sociales, al interior de las Cámaras de Comercio; b. facultar por vía legal a dichas entidades para certificar la existencia y contenido de los códigos de ética adoptados por los empresarios; c. otorgar por vía legal, ventajas competitivas en favor de los empresarios que hayan adoptado políticas de responsabilidad social empresarial y códigos de ética en los negocios (estas ventajas competitivas aplicarían para la contratación estatal); d. creación, al interior de las Cámaras de Comercio, de tribunales de equidad social y de responsabilidad social empresarial, conformados no necesariamente por abogados sino por expertos en las distintas disciplinas que se evalúen. Para terminar, las propuestas formuladas tienen plena validez en nuestro medio, no solo porque desarrollan las herramientas de ética empresarial y responsabilidad compartida universalmente aceptadas, sino porque constituyen instrumentos idóneos dentro del proceso de reconciliación que por estos días se ensayará en nuestro país, el cual es intrínsecamente un escenario propicio para abandonar la indolencia empresarial, reconocer errores del pasado, adoptar medidas correctivas, reparar a la sociedad por perjuicios infligidos así estos no hayan sido judicialmente reconocidos; en fin un escenario para crear instrumentos que garanticen que la nueva sociedad será ética, justa y responsable.