
El grupo de abogados de “MxM”, encabezados por el Doctor Ramiro Borja Ávila, tratará de absolver sus inquietudes.
RESPUESTA: Q:.H:., es común que algunos HH:., utilicen el nombre de la Masonería para sus propios intereses y una vez puestos en evidencia, entran en la irregularidad.
Si bien es cierto la Const:. y EEst:. no expresan nada concreto al respecto, también lo es, que el Landmark XVII, establece: “Todo Mas:. está bajo el dominio de las leyes y reglamentos de la jurisdicción en que resida, aunque no sea miembro de las LLogs:. de la obediencia…”
Lo anterior significa que la Ley Mas:. persigue al presunto infractor, no obstante el lugar donde se encuentre y aún estando en la irregularidad.
CONSULTA: Doctor Ramiro, ¿Puede un Masón irregular asistir a Tenidas de Gran Logia, y fuera de ello, hacer proposiciones y/o dejar constancias?
RESPUESTA: El Art. 4º de nuestra Const:., señala quienes integran la Gr:. Log:. con voz y voto. A su turno los arts. 57 y Ss. de la misma obra, tocan el tema de la irregularidad. Finalmente el art. 8º de los EEst:. determina que pueden asistir a Gran Tenida MM:., como visitadores, siempre y cuando sean miembros activos de cualquiera de los TTall:. de la jurisdicción…
En consecuencia, en nuestro sentir, un MM:. irregular no puede asistir a Ten:. de Gr:. Log:. y mucho menos hacer proposiciones o dejar constancias. Corresponde al Gr:. Ecón:. o a cualquier miembro asistente advertir a la Asamblea tal situación.